lunes, 20 de abril de 2015

¿Qué implica salvar el voto en junta de propietarios para poder impugnar?

Si vives en una comunidad de propietarios en Sevilla, seguramente en más de una ocasión al celebrar una reunión para debatir asuntos importantes os han surgido dudas respecto al desarrollo de la misma. En ese caso, lo que es recomendable es que apostéis por consultar los precios de una administración de fincas en Sevilla. Es decir, de una empresa especializada que os dará las respuestas a la preguntas que tengáis.

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Así, por ejemplo, una de las cuestiones que más interés despierta es la de salvar el voto en una junta para poder impugnar. Pero, ¿qué significa eso?. Si tuvierais un administrador os lo explicaría de la siguiente manera:
  • Aunque existen ideas de todo tipo, salvar el voto viene a ser básicamente como votar en contra de una propuesta o medida determinada.
  • Se trata fundamentalmente de no pronunciarse respecto a un acuerdo tomado en la junta. Una acción que, por tanto, permite que la persona que la haya llevado a cabo esté totalmente legitimada para, de manera posterior, poder impugnar el mismo acuerdo.
  • Eso sí, es importante tener claro que para que un propietario pueda salvar su voto y luego impugnar una medida debe estar al corriente de todos los pagos referentes a la comunidad.
  • De la misma manera es importante que cualquier persona que tenga pensado salvar su voto, debe dejar claro y patente que en el acta de la junta se debe registrar la acción que ha llevado a cabo junto con su nombre y apellidos completos. Y es que esta es la forma de que posteriormente, si así lo considera oportuno, pueda impugnar una medida o acción concreta tal y como está recogido en la  Ley de Propiedad Horizontal. 

jueves, 12 de marzo de 2015

¿Puede aprobar la junta el pago de una derrama a partes iguales?

En nuestro servicio de administración de fincas en Sevilla nos encontramos con una gran variedad de preguntas por parte de los propietarios. Entre estas una de las más habituales es la que se refiere a si la junta puede llevar a cabo la aprobación del pago de una derrama a partes iguales.
La respuesta en ese caso es que sí, pues así se establece en el artículo 9.1 de la Ley de Protección Horizontal. En este se recoge que todos los propietarios están obligados a contribuir con su respectiva cuota a lo que son gastos comunes.

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No obstante, también hay que resaltar que esa circunstancia se puede modificar, salvo que los estatutos digan lo contrario. Pero para hacerlo es imprescindible disponer del acuerdo unánime de toda la comunidad vecinal.
Si en vuestra edificación queréis contar con ayuda en este sentido u otro no dudéis en solicitar a nuestra empresa un presupuesto para administraciones de fincas en Sevilla.

martes, 24 de febrero de 2015

Acoso vecinal: asesoramiento jurídico

Blocking. Este es el nombre que recibe el lamentablemente frecuente acoso vecinal, que se puede producir tanto en una comunidad de propietarios en Sevilla como en una urbanización de Madrid, por ejemplo.
Se trata de una situación que requiere que, para que sea calificada como tal, tomen protagonismo diversos elementos:
  • Una víctima.
  • Un acosador, que se encarga de restarle credibilidad a la persona que ha puesto en su punto de mira. Asimismo le denigra e incluso pueda hacerle sentirse culpable por todo lo que suceda.
  • Los espectadores activos, que se ponen de parte de quien lleva a cabo el acoso.
Diferencias sociales, personales o económicas suelen ser las causantes de que se produzca ese fenómeno conocido como blocking. Y este trae consigo que la víctima se muestre indefensa ante los comentarios, las actitudes y el resto de actos (robos de correspondencia, golpes a la puerta de su casa, molestias intencionadas con ruidos…) que lleva a cabo su acosador.
Esa situación es un atentado contra el bienestar y el buen ambiente en cualquier comunidad de vecinos. Por eso, se hace necesario solventar de la manera más rápida y eficaz posible la misma.

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¿Cómo? Recurriendo al asesoramiento jurídico de una empresa como la nuestra, Administradores de Fincas de Sevilla, que además cuenta con unos interesantes precios sobre administración de fincas en Sevilla.
Confiar en nuestros profesionales para solventar un acoso vecinal supone poder disfrutar de las siguientes ventajas:
  • Consejos de letrados especializados que asesorarán tanto a cualquier propietario en particular como a la comunidad en general.
  • Actuaciones extrajudiciales como puede ser la redacción de documentos. En este caso, también se incluirían reclamaciones contra morosos.
  • Respaldo de abogados y procuradores que serán necesarios a la hora de llevar a cabo las pertinentes medidas ante el juez.